
Tribunal del Segundo Distrito Judicial
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Registros públicos
“En una democracia, todos los ciudadanos gozan del derecho fundamental de tener acceso a los registros públicos.
Este derecho está reconocido por el Poder Judicial de Nuevo México mediante la Ley de Inspección de Registros Públicos (IPRA, por sus siglas en inglés), NMSA 1978, Secciones 14-2-1 y siguientes, y por el Tribunal Supremo de Nuevo México que, en 1977, declaró que el derecho de todo ciudadano a saber es la regla y que el secreto es la excepción…”
Guías de cumplimiento que puede descargar
Guía para el cumplimiento de la Ley de Inspección de Registros Públicos
Enlace de la Oficina del Fiscal General - OMA /IPRA (Leyes NM Sunshine)
Revelación de información financiera
Presentación de una queja relativa a OMA (siglas en inglés de Ley de Reuniones Abiertas) o IPRA
Inspección de quejas relativas a registros públicos
Las quejas relativas a posibles infracciones contra la Ley de Inspección de Registros Públicos que se presenten por escrito en nuestra oficina deben incluir:
- Detalles específicos con respecto a lo que se alega
- Descripción del organismo público del cual se tratan los registros
- Copia de la solicitud escrita para la inspección de registros públicos
- Otra documentación que fundamente la solicitud
Las solicitudes y las quejas deben enviarse a la Administración del Tribunal del Segundo Distrito Judicial.
Dirección postal
Custodian of Records
Court Administration
Second Judicial District Court
PO Box 488
Albuquerque, NM 87103