
Tribunal del Segundo Distrito Judicial
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Preguntas frecuentes del jurado
Acabo de recibir un citatorio. ¿Qué debo hacer ahora?
Para cumplir con el citatorio, debe ir a nuestro sitio web para completar y entregar el formulario en línea de Cuestionario y Cualificación del Jurado, por la fecha indicado en el citatorio a más tardar.
Si no cuenta con acceso a la red, debe llamar de inmediato a nuestra oficina al (505) 841-7507 y pedir los formularios por correo.
¡IMPORTANTE! ¡Conserve el citatorio, porque contiene información esencial para cumplir con su servicio de jurado!
¿Qué debo hacer para cumplir mi servicio de jurado? ¿Qué puedo esperar?
Su citatorio contiene las instrucciones para realizar su servicio de jurado. Favor de leerlo cuidadosamente. En la parte superior del formulario, verá su NÚMERO DE GRUPO asignado al azar. Lo utilizaremos para proporcionarle las instrucciones específicas para presentarse. El viernes antes de la fecha programada para comenzar su servicio, DESPUÉS de las 4:30 pm, usted debe comenzar a comprobar nuestro sitio web. Presione el “Horario diario del jurado ordinario”. Si usted ve su Número de Grupo en la lista, siga las instrucciones de la hora y lugar para presentarse. Haga lo mismo cada día hábil (o según le dirige el mensaje) durante su término de servicio.
Nótese: su usted no cuenta con acceso a Internet, debe marcar nuestra línea telefónica de mensaje de jurado al (505) 841-7510, comenzando después de las 4:30 pm el viernes antes de la fecha programada para comenzar su servicio, y cada día hábil durante su período de servicio. El mismo mensaje del sitio web estará grabado ahí.
Según nuestra experiencia, los miembros del jurado se seleccionarán al azar para asistir al proceso de selección del jurado (voire dire) aproximadamente tres veces durante su sesión de tres semanas. Si se le selecciona a usted para servir en el jurado de un juicio en este proceso, el juez le indicará cuándo deberá reportarse. Una vez que finalice su servicio en dicho juicio, si su período de servicio no haya terminado, debe volver a llamar diariamente para escuchar el mensaje grabado, o consultar el sitio web, caso que tenga que servir en otro jurado. Si no se le selecciona como resultado de asistir a la selección de jurado, usted debe continuar comprobando por su Número de Grupo durante el resto de la sesión.
He perdido mi citatorio ¿Qué debo hacer?
¿Dónde estaciono para el servicio de jurado?
Los jurados que se presentan para su servicio pueden estacionar sin cargo en el estacionamiento MetroPark que está ubicado justo al norte del Tribunal Metropolitano y al cual se puede ingresar por 5th Street (Calle 5) hacia el norte desde Lomas Blvd. La entrada del estacionamiento está a la derecha, inmediatamente al norte de Slate Street. Busque el cartel amarillo que dice “Juror and Public Parking” (Estacionamiento para el Jurado y el Público). Traiga su ticket de estacionamiento y se lo validaremos. Si tiene un vehículo demasiado grande, comuníquese con nuestra oficina para recibir instrucciones. Tenga en cuenta que no podremos validar su ticket si decide estacionar en otro lugar y tampoco podremos reembolsarle ninguna tarifa de estacionamiento que haya pagado.
¿Puedo llevar teléfono celular, computadora portátil, tableta u otros dispositivos electrónicos portátiles?
Sí, pero con importantes restricciones. Sírvase leer lo siguiente con atención. A partir del 1 de noviembre de 2013, ha cambiado la política del tribunal sobre dichos dispositivos. Cada vez que ingrese al edificio del tribunal, deberá presentar un vale de jurado (juror e-voucher). NO le permitirán entrar al edificio del tribunal con ninguno de esos artículos si no tiene su vale. La división del jurado enviará dichos vales por correo al Jurado ordinario aproximadamente una semana antes de que comience el período de servicio. Este vale será una postal verde que sirve como recordatorio de cortesía sobre las instrucciones para presentarse y también es un documento que le permitirá ingresar al tribunal con sus dispositivos electrónicos portátiles. NO PIERDA ESTE VALE; NO PODRÁ REEMPLAZARSE BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA.
Por favor, tome en cuenta que los miembros del jurado acusatorio no recibirán dicho vale hasta que asistan a su orientación inicial; por lo tanto, los miembros del jurado acusatorio no podrán traer sus dispositivos electrónicos a la orientación. Por favor, déjelos en su casa o en su auto.
¿Por qué hacen todas estas preguntas en el Cuestionario para jurados?
He recibido un citatorio para un familiar que ha muerto. ¿Qué debo hacer?
He recibido un citatorio para un familiar que ya no vive en Nuevo México. ¿Qué debo hacer?
¿Cómo obtuvieron mi nombre?
Me han llamado tres veces para cumplir el servicio de jurado durante los últimos cinco años y nunca han llamado a ninguno de mis amigos. ¿Por qué no eligen a alguna otra persona?
Cumplí el servicio de jurado hace menos de tres años. ¿Tengo obligación de volver a cumplir?
¿Es obligatorio el servicio de jurado?
- No sean ciudadanos de Estados Unidos
- Sean menores de 18 años
- Hayan sido condenados de un delito grave y no hayan cumplido con los términos de su condena, lo cual incluye la libertad condicional.
No soy ciudadano de Estados Unidos. ¿Qué debo hacer?
Tengo 75 años de edad. ¿No pueden quitar mi nombre de sus registros?
Sí. Las leyes de Nuevo México permiten que queden eximidos permanentemente todos aquellos que así lo pidan por motivo de edad. Si se encuentra en esta categoría, la ley exige que usted llene una declaración jurada para dar fe de su edad. Ese documento DEBE estar firmado ante notario. Para imprimir una copia de dicho documento haga clic aquí. Luego de llenarlo (y de firmarlo ante notario), envíelo por correo a: P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103. Attention: Jury Management Division.
¿Qué sucederá cuando me presente para la selección del jurado para un juicio?
Una vez que se completa este paso, usted regresará a la sala de reunión del jurado a esperar a que se seleccione el panel. Este proceso generalmente dura entre una y dos horas.
Una vez seleccionado el panel, el alguacil regresará a la sala de reunión del jurado para acompañar a los jurados seleccionados hasta la sala del juez, donde serán juramentados. En la mayoría de los casos, el juicio comienza inmediatamente. Aquellos jurados que no fueron seleccionados podrán retirarse en ese momento, y deberán seguir llamando todos los días como se les ha indicado.
Atención: Los jurados a veces expresan molestia con respecto al tiempo aparentemente perdido sin explicación durante la selección del jurado y los juicios. Lo que puede parecer tiempo perdido es en realidad tiempo aprovechado por el juez y los abogados para tratar los asuntos que deben abordarse fuera de la presencia del jurado. Estos sucesos con frecuencia surgen inesperadamente y no pueden programarse. Puede ser que se llegue a un acuerdo justo antes del inicio del juicio, con lo cual ese día se elimina la necesidad de los servicios del jurado. De hecho, es frecuente que la presencia de un panel de jurado en espera acelere este resultado. Así que se podría decir que su presencia ese día estaría jugando un papel fundamental en nuestro sistema jurídico. Tenga en cuenta estas posibilidades y sea paciente con nosotros mientras todos nos esforzamos por lograr nuestra meta de impartir justicia para todos.
¿Qué debo hacer si tengo que presentarme y las condiciones del tiempo son peligrosas?
¿Cuánto tiempo deberé servir como jurado?
La “sesión” del jurado ordinario típicamente dura 3 semanas en el Condado de Bernalillo. Sin embargo, nuestra experiencia indica que, durante ese período, puede ser que un jurado deba reportarse para la selección del jurado entre 2 y 3 veces en promedio. Usted deberá revisar el calendario del jurado en línea o llamar para escuchar el mensaje grabado al (505) 841-7510 todos los días después de las 4:30 de la tarde para saber si ha sido seleccionado al azar para el día siguiente.
¿Habrá circunstancias en las que tenga que servir como jurado por más tiempo?
¿Cuánto tiempo dura en promedio un juicio?
¿Qué ocurre si no me presento a pesar de haber oído mi número en la grabación?
¿Me compensarán por servir como jurado?
El Tribunal está autorizado por orden del Tribunal Supremo a pagarle $7.50 por hora por servicio prestado antes del 31 de diciembre de 2019, y $9.00 por hora por servicio prestado el 1 de enero de 2020 y después. Además, las millas recorridas sobre 40 millas se pagan a razón de 46 centavos por milla del viaje de ida y vuelta entre su residencia y el tribunal. Por ejemplo, una persona que viaja 50 millas de ida y vuelta recibe un reembolso por 10 millas. La persona que viaja 40 millas o menos no recibe reembolso alguno de millas. Le enviarán los cheques a su domicilio. En promedio, usted deberá esperar entre tres y seis semanas desde la finalización de su sesión para recibir el pago por su servicio como jurado. Si no recibe el pago dentro de las ocho semanas posteriores a su servicio como jurado, sírvase llamar a nuestra oficina al 841-7507. Su pago no puede dividirse en un reembolso por las horas de servicio y un reembolso por millas recorridas. Tenga en cuenta: Usted podrá renunciar al pago por las horas de servicio o al reembolso por millas recorridas si así lo deseara. Simplemente indíquelo en el formulario de Cualificación.
Soy empleado del gobierno. ¿Seré remunerado de todas maneras?
Si es empleado federal, le emitirán el pago por su servicio. Comuníquese con el Departamento de Recursos Humanos para determinar cómo procesarán su pago.
¿Tiene mi empleador que pagarme por servir como jurado?
No tengo medio de transporte ni licencia para manejar. ¿Se espera que de todas maneras me presente para servir como jurado?
Sí. La falta de medio de transporte o el hecho de no tener una licencia válida para manejar NO le exime del servicio como jurado. Se le envió el citatorio por correo con suficiente anticipación para que pueda hacer los arreglos necesarios con respecto al transporte. Aquí podrá encontrar la información sobre los recorridos de los autobuses de la Ciudad de Albuquerque. Para ver la información acerca del NM Rail Runner, haga clic aquí.
¿Cómo debo vestirme cuando me presento para servir como jurado?
Aunque no hay un código específico de vestimenta, le pedimos que se vista de manera adecuada a la dignidad del tribunal. Los hombres no tienen obligación de llevar saco y corbata. Son aceptables los pantalones de mezclilla. No se consideran apropiados los pantalones cortos, los tirantes finos, las camisetas con tirantes, las prendas que dejen al descubierto el estómago y otras prendas similares. Se puede usar sombrero, pero se lo deberá quitar antes de entrar a la sala. Pedimos que los agentes de policía, bomberos y otros funcionarios públicos o agentes del orden público se abstengan de presentarse con el uniforme para servir como jurado.
Debido a que la temperatura en el tribunal es variable, se recomienda llevar prendas que se puedan poner y quitar como sea necesario.
Si pido ser eximido de cumplir el servicio como jurado, ¿debo llenar los formularios?
Sí. Para solicitar ser eximido, por favor complete y envíe todos los formularios, además de la sección que trata específicamente su solicitud para ser eximido. Es necesario que proporcione la documentación requerida como se describe en su citación. Después de enviar su cuestionario y formulario de cualificación, proporcione a la división del jurado los documentos de respaldo por correo electrónico (albdjury@nmcourts.gov), o por fax al 841-6769, o por correo postal a: Jury Management Division, P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103. Se le notificará el resultado de su solicitud de exención. Usted no será eximido hasta que se lo notifique el tribunal.
Tenga en cuenta que no podemos procesar pedidos de exención por teléfono.
¿Qué debo hacer para pedir que me eximan del servicio como jurado?
Los posibles jurados que reúnan los requisitos para servir como jurado podrán ser eximidos de cumplir este servicio solamente en casos de dificultades extremas y problemas médicos graves. Todos los pedidos deben presentarse en la División de Administración del Jurado POR ESCRITO antes de la fecha de inicio del servicio como jurado, según lo explicado en el Cuestionario del jurado. La solicitud de exención y la documentación obligatoria pueden ser enviadas por fax al 505-841-6769 o enviada por correo electrónico a albdjury@nmcourts.gov o enviada por correo postal a: Jury Management Division, P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103. Usted no estará eximido hasta que reciba una notificación del Tribunal. Un posible jurado podrá ser eximido si:
- Tiene una discapacidad física o mental que le impida cumplir con el servicio. El posible jurado debe presentar una nota del médico (en una hoja con membrete del médico o del talonario para recetas) que dé fe de la discapacidad.
- Debe proporcionar cuidados reales y necesarios a otra persona y no es posible hacer otros arreglos. Debe presentar una nota del médico (en una hoja con membrete del médico o del talonario de recetas) que dé fe de esta situación.
- Sufrirá una dificultad económica extrema si le exigieran cumplir su servicio como jurado, lo cual impediría considerablemente que el posible jurado pague los gastos necesarios para su sustento diario. Debe presentar una carta detallada que describa estas circunstancias.
- Está cumpliendo servicio militar activo y no está en una base del condado. Debe presentar una carta de su oficial superior en la que así lo indique.
- Tiene más de 75 años de edad. Debe proporcionar una declaración jurada notariada que dé fe de este hecho. Para imprimir una copia de ese documento haga clic aquí.
Tenga en cuenta que no podemos procesar pedidos de exención por teléfono.
Mi citatorio para el servicio como jurado llegó en un momento muy malo. ¿Puedo postergarlo?
El Tribunal entiende que puede ocurrir que los posibles jurados sean convocados en un momento muy inconveniente. En la mayoría de los casos, podemos posponer su servicio hasta una fecha más conveniente. Los miembros del jurado pueden pedir una sola vez la postergación de servicio por llenar la sección correspondiente del formulario de Cualificación en línea, con el cuestionario completo, y entregarlo. Si pedimos la documentación de apoyo, se nos puede enviarse por fax al (505) 841-6769, por correo electrónico al: albdjury@nmcourts.gov, o correo al: Jury Management Division, P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103.
Sé que no me van a seleccionar para estar en el jurado debido a la forma en que me gano la vida. ¿Por qué no me eximen ahora para ahorrar tiempo?
Debido a mis creencias morales o religiosas no puedo juzgar a otras personas. ¿Pueden eximirme de servir como jurado?
No hablo, no leo o no escribo en inglés. ¿Qué debo hacer?
Dirección
400 Lomas Blvd NW
Sala 127, Primer piso
Albuquerque, NM 87102
Contacto
Horario de atención
Lunes a viernes: de 8 de la mañana a 5 de la tarde
Teléfono: 505-841-7507
Code-a-Phone del jurado ordinario: 505-841-7510
Teléfono del jurado de acusación: 505-841-7545
Code-a-Phone del jurado de acusación: 505-841-7419
Correo electrónico del jurado: albdjury@nmcourts.gov
Correo electrónico del jurado de acusación: albdgjury@nmcourts.gov