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Preguntas frecuentes sobre el Programa PEG

¿Hacen actividades adicionales con las clientas del Programa PEG?

Las clientas del Programa PEG tienen obligación de participar en al menos dos proyectos de aprendizaje brindando servicios y les asignan horas de servicio comunitario como una sanción. También puede ocurrir que las clientas del Programa PEG tengan obligación de asistir a excursiones, conferencias y otras actividades que el equipo del PEG decida que serían beneficiosas para ellas.

¿Con qué frecuencia deben asistir las niñas y sus padres al Tribunal?

Se exige que las clientas y sus padres asistan al tribunal una vez por semana para informar acerca de sus problemas y logros. También tienen obligación de asistir a terapia grupal, familiar e individual una o dos veces por semana.

¿Qué sucede si los padres de una clienta se rehúsan a participar en el programa?

La participación de los padres es obligatoria en el Programa PEG, pero se puede hacer una excepción en circunstancias especiales si la clienta tiene 18 años de edad y la participación de sus padres pudiera ser perjudicial para el progreso de la clienta. Los padres son incorporados como parte de la petición y pueden sufrir consecuencias, incluso encarcelamiento, si no cumplen con su participación.

¿Cuál es el proceso de remisión al Programa PEG?

Puede ser que una clienta sea remitida al Programa PEG por el juez, su oficial de libertad condicional o su terapeuta. En su caso tiene que haber habido una resolución judicial y ella tiene que tener un historial de violencia intrafamiliar o tiene que haber cargos de violencia intrafamiliar contra ella para que el programa pueda evaluarla.

Dirección

John E. Brown Juvenile Justice Center
5100 Second St. NW Primer piso
Albuquerque, NM  87107

Contacto

Horario de atención
Lunes a viernes: de 8 de la mañana a 5 de la tarde

Teléfono: 505-841-7356

Recursos de PEG

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